La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia ha emitido una resolución crucial que impacta directamente en la implementación de sistemas de control de acceso basados en biometría dentro de propiedades horizontales o conjuntos residenciales cerrados. La decisión establece que el uso de datos biométricos, como huella dactilar o reconocimiento facial, no puede ser la única o la vía obligatoria para que los residentes accedan a sus viviendas.
Esta determinación es de gran relevancia para toda la región Latam, ya que subraya la naturaleza ultra sensible de la información biométrica. Si bien estos sistemas ofrecen un alto grado de seguridad y eficiencia, su implementación debe equilibrar la necesidad de protección de las instalaciones con el derecho fundamental al Habeas Data y a la privacidad de los individuos.
El dictamen colombiano obliga a las administraciones de los complejos residenciales a ofrecer métodos alternativos de acceso a aquellos propietarios o residentes que, ejerciendo su derecho al no consentimiento, se nieguen a suministrar sus datos biométricos. Esto significa que si un residente rechaza la identificación por huella, se le debe proporcionar una tarjeta de proximidad, un código numérico o una llave física tradicional. La negación del consentimiento no puede resultar en la negación del acceso a la propiedad.
La SIC refuerza que los datos biométricos son considerados datos sensibles bajo la ley colombiana (Ley 1581 de 2012), y por extensión, bajo las normativas de protección de datos de la mayoría de los países de la región. Su recolección, uso y almacenamiento requiere un consentimiento explícito, informado y, crucialmente, revocable. Para los integradores y proveedores de soluciones de control de acceso, este precedente implica que los proyectos residenciales deben diseñarse con la flexibilidad suficiente para operar con múltiples credenciales y asegurar que el tratamiento de los datos biométricos cumpla con los estándares de seguridad y cifrado más rigurosos.
Expertos en derecho digital señalan que esta medida sienta un estándar importante, recordando a todas las entidades, incluso a las que no son empresas comerciales (como las juntas de propietarios), que deben adherirse estrictamente a las leyes de protección de datos. El auge de la tecnología de identificación en el entorno cotidiano exige un marco regulatorio claro que asegure que la conveniencia y la seguridad no prevalezcan sobre los derechos fundamentales de los ciudadanos.
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